La desfinanciación de las universidades públicas

Martes, 7 de Julio de 2009 Dejar un comentario Ir a comentarios

Carlos Ossa Escobar Rector

Carlos Ossa Escobar Rector

El Proyecto de Ley 106 de 2008 “Por la cual se fijan parámetros y criterios para organizar el sistema de evaluación de resultados de la calidad de la educación, se dictan normas para el fomento de una cultura de la educación y se conceden facultades extraordinarias para reorganizar el sistema y el ICFES, en procura de facilitar la inspección y vigilancia del Estado” propone en los Artículos 9, 10 y 11 la transformación del ICFES en una institución exclusivamente evaluadora y por lo tanto considera el traslado de sus funciones de fomento, y de los recursos financieros asociados a tal actividad, al Ministerio de Educación Nacional.

Es importante anotar que desde la implementación de la Ley 30 de 1992, las universidades transfieren 2% del presupuesto al ICFES con destino al financiamiento de actividades de fomento de la educación superior.

Por lo anterior, el Consejo Nacional de Rectores del SUE considera que los recursos hasta ahora transferidos al ICFES se deben destinar a las universidades públicas. Esta consideración tiene el interés de modificar el Artículo 10 del proyecto de Ley 106 de 2008 el cual, a juicio de los rectores, debe crear mecanismos como el de un “Fondo para el financiamiento de proyectos de fomento institucional de las universidades públicas”, propuesta a la que se adhiere el Rector de la Universidad Distrital Francisco José de Caldas.

Con este mismo interés se han elaborado dos propuestas para modificar el Artículo en mención, una del profesor Danilo Reinaldo Vivas Ramos, Rector de la Universidad del Cauca, [véala] y otra liderada por el Representante a la Cámara Jaime Restrepo Cuartas. [véala]

Sin embargo, el debate sobre el financiamiento de las universidades públicas desborda el ámbito del Proyecto en discusión. Se trata del problema de la inercia presupuestal que ha dado lugar a que el aumento del presupuesto anual de las universidades públicas esté atado al Índice de Precios al Consumidor, IPC, mientras que los gastos de funcionamiento han aumentado más rápidamente por cuenta del aumento de la cobertura, que entre 1992 y 2007 pasó de 200 mil a 500 mil estudiantes, y porque los gastos en seguridad social y los asociados al reconocimiento de incentivos salariales y prestacionales por productividad académica se han convertido explosivos para la sustentabilidad financiera de las universidades.

Para evaluar esta situación se creó la Comisión de Vicerrectores Financieros de siete Universidades Públicas que elaboró el documento Revisión de la financiación con recursos de la nación para las universidades públicas [texto completo] que propone:

1. Reconocer, a valor presente, los gastos adicionales en que han incurrido las universidades públicas en cumplimiento de la normatividad expedida con posterioridad a la expedición de la Ley 30 de 1992 en materia de gastos de funcionamiento, que a manera de ilustración para el caso de los gastos de personal en un estudio realizado para 30 universidades públicas, supera los $469 mil millones de pesos con corte a diciembre de 2007 y a pesos del mismo año.

2. A partir de la vigencia 2010, actualizar los aportes de la Nación en un porcentaje equivalente al IPC más: 5.5% representado en la cualificación docente por el impacto de las normas y el incremento del aporte patronal por seguridad social; más 3.5 % representado en el impacto por gastos generales y gastos de personal por docentes temporales para el cumplimiento del desarrollo misional.

De manera especial invito a la comunidad académica nacional, a los órganos de Gobierno y a la ciudadanía en general a discutir estas propuestas con sus grupos de referencia para que en el momento preciso podamos movilizar y coordinar acciones orientadas al fortalecimiento y a la defensa de la universidad pública.

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